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De acuerdo con el Reglamento de Estudios de Doctorado de la UDC, la matrícula de tutela académica otorga al/a la doctorando/a el derecho a la tutela académica, a la utilización de los recursos necesarios para el desarrollo de su trabajo y a la plenitud de derechos previstos por la normativa para el estudiantado de doctorado.
En caso de que un/una doctorando/a no realice la matrícula anual en un curso académico, causará baja definitiva en el programa, salvo en los casos previstos por baja temporal en el programa.
2. ¿Cuándo se realiza la matrícula en un programa de doctorado?
En la UDC, hay dos plazos ordinarios de admisión y matrícula en estudios de doctorado (un plazo por cuatrimestre), recogidos en el Calendario de Estudos de Doutoramento. El segundo plazo ordinario se abrirá cada curso académico para cada programa de doctorado a solicitud de su CAPD y sólo en el caso de que queden plazas vacantes una vez finalizado el primer plazo ordinario de matrícula.
Una vez admitido/a en un programa de doctorado, el/la estudiante formalizará su matrícula en concepto de tutela académica por medio de la web de la UDC (www.udc.es) a través de la Secretaría Virtual del Estudiante. En el caso de optar por realizar su matrícula de forma presencial en la Oficina de Doutoramento, deberán abonar la tasa correspondiente por esa gestión
Según el Reglamento de Estudios de Doctorado de la UDC, en el caso de que un/una doctorando/a no realice la matrícula anual en un curso académico, causará baja definitiva en el programa, salvo los casos previstos por baja temporal en el programa.
Por otra parte, según el Acuerdo sobre la obligatoriedad da matrícula de doctorado de la Comisión de Ddoctorado de la UDC, reunida el 15 de octubre de 2012:
a. Todos los estudiantes de doctorado de la UDC, incluidos los de programas de doctorado regulados por normativas anteriores al RD 99/2011, deberán matricularse con continuidad, desde la primera matrícula en los estudios de doctorado, cada curso académico y hasta la defensa de la tesis.
b. Los/las estudiantes que no se hayan matriculado en algún curso académico, salvo los casos previstos en el artículo 27. Baja temporal en un Programa de doctorado del Reglamento de Estudios de Doctorado de la UDC, deberán formalizar todas las matrículas pendientes desde el curso académico 2012-2013 inclusive, según la normativa de matrícula de la UDC.
Los/as doctorandos/as que iniciasen su programa de doctorado conforme a anteriores ordenaciones universitarias, podrán acceder a las enseñanzas de doctorado, después de su admisión de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Estudios de Doctorado de la UDC. En todo caso deberán reunir los requisitos establecidos con carácter general en este reglamento para acceder a estudios de doctorado.