Facultad de Filología

Comité Ambiental

Normas de funcionamiento del Comité Ambiental de la Facultad de Filología y de la Facultad de Turismo

Aprobadas por el Comité Ambiental en su reunión de 10 de marzo de 2024
Aprobadas por la Junta de Facultad de Filología el 23 de mayo de 2024
Aprobadas por la Junta de Facultad de Turismo el 24 de junio de 2024

 

1. Objetivo

El Comité Ambiental de la Facultad de Filología y de la Facultad de Turismo tiene como objetivo principal la mejora ambiental del entorno universitario, con especial atención, por un lado, al entorno físico, social y natural y, por otro, a la comunidad universitaria, en la que se promoverá un clima de participación y ciudadanía responsable.

 

2. Miembros

2.1. Cualquier miembro de la comunidad universitaria de la Facultad de Filología y de la Facultad de Turismo o relacionada con ellas, podrá participar en este comité ambiental, sin ningún tipo de compensación económica.

2.2. La comunidad universitaria estará representada en el Comité Ambiental por sectores (PDI, estudiantado, PTGAS). No habrá un número máximo de representantes.

2.3. Serán miembros natos del Comité Ambiental los/las decanos/as o persona/s en quien delegue y los/as becarios/as de la Oficina de Sustentabilidad de la UDC asignados/as a las Facultades de Filología y de Turismo. 

2.4. El comité contará con un presidente o presidenta y un secretario o secretaria, que asistirán a las reuniones del comité y podrán designar las comisiones que sean necesarias.

2.5. Al inicio de cada curso los miembros de la Comunidad universitaria podrán manifestar su voluntad de pertenecer al Comité Ambiental.

2.6. En la sesión de constitución del nuevo Comité Ambiental se procederá al nombramiento de sus nuevos miembros y a la elección de presidente/a y secretario/a.

 

3. Reuniones

3.1. Se celebrarán reuniones de coordinación con una periodicidad mínima de 3 reuniones anuales o por curso.

3.2. Las convocatorias de las reuniones del Comité Ambiental serán remitidas a los miembros por correo electrónico y publicadas en la web de las dos facultades.

3.3. Las reuniones se convocarán con diez días de antelación a la fecha de celebración de las mismas.

3.4. Los miembros do Comité Ambiental podrán participar en las reuniones por medios electrónicos.

3.5. En caso de no asistir el presidente o presidenta o el secretario o secretaria a una reunión, el comité decidirá por consenso, o por mayoría de 2/3, quién actuará en calidad de presidente/a o de secretario/a durante esa reunión.

3.6. El/la secretario/a elaborará un acta de cada reunión, que será remitida a los asistentes por correo electrónico.

3.7. Los acuerdos del Comité Ambiental serán publicados en la web de las dos facultades.

 

4. Votaciones

4.1. Siempre que sea posible, se fomentará el consenso como método de toma de decisiones.

4.2. La presidencia tendrá derecho a voto de calidad en caso de empate en una votación.

 

5. Funciones

5.1. Son funciones de la presidencia y de la secretaría convocar las reuniones, establecer el orden del día teniendo en cuenta las propuestas de todos los miembros del comité, y redactar el acta de la reunión. Por acuerdo, estas funciones pueden recaer en otros miembros del comité.

5.2. Son funciones del Comité Ambiental:

5.2.1. Coordinar la realización de un análisis de la situación de partida en materia ambiental del centro y su entorno, mediante el cuestionario de ecoauditoría proporcionado por ADEAC.

5.2.2. Elaborar anualmente un Plan de Acción, en el que se establezcan los objetivos, la metodología que se haya de aplicar, los recursos disponibles, las personas responsables y, en su caso, una temporalización para la puesta en práctica de acciones e iniciativas que supongan una concienciación y mejora ambiental del centro y de su entorno.

5.2.3. Elaborar una propuesta de Declaración Ambiental para ser adoptada por los órganos de dirección de las facultades.

5.2.4. Realizar una evaluación continua y redactar una memoria de síntesis sobre la aplicación del Plan de Acción y el grado de cumplimiento de los objetivos de Green Campus.

5.2.5. Someter el Plan de Acción anual a los órganos de gobierno de las dos facultades.

5.2.6. Valorar la realización de tareas, coherentes con su cometido, que sean propuestas por los órganos de gobierno de las facultades.