Comisiones

Comité de Dirección de la Escuela Internacional de Doctorado de la UDC (EIDUDC)

Las funciones del Comité de Dirección de la EIDUDC están recogidas en el Artículo 6 del Reglamento de Régimen Interno de la EIDUDC

Composición

Comisión Permanente del Comité de Dirección de la EIDUDC

Las funciones de la Comisión Permanente del Comité de Dirección de la EIDUDC están recogidas en el Artículo 9 del Reglamento de Régimen Interno de la EIDUDC

Composición

Comisión de Reclamaciones de Plazas de Profesorado Laboral

Esta comisión tiene la competencia de resolver las reclamaciones presentadas contra las propuestas de resolución de las comisiones de selección de plazas de profesorado laboral.
Estará presidida por la persona responsable del vicerrectorado con competencias en profesorado y compuesta por cinco miembros del personal docente e investigador permanente de distintos ámbitos de conocimiento designados por el Consejo de Gobierno a propuesta de la Comisión de Organización Académica y Profesorado. Con voz pero sin voto, habrá una persona nombrada lo por el comité de empresa del personal docente e investigador laboral.

Composición

Comisión de Reclamaciones

Esta comisión tiene como función valorar las reclamaciones que se presenten contra las resoluciones de las comisiones de plazas de catedráticos y profesores titulares.
Será presidida por el rector y estará constituida por seis catedráticos de universidad, de diversas áreas de conocimiento con amplia experiencia docente e investigadora.

Composición

Comisión Electoral Central

Le corresponde regular las elecciones de los miembros del Claustro y del rector, y es el órgano competente para conocer y resolver todas las cuestiones derivadas de estas y de las demás elecciones contempladas en los Estatutos de la Universidad.

Composición

Comisión de Biblioteca

Composición

Comité de Seguridad y Salud de la UDC

Las competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud de la UDC (CSS-UDC) son las que establece el artículo 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).

La composición es paritaria entre delegados de prevención y representantes de la Administración Universitaria. El número de delegados/as de prevención es el que establece el artículo 35 de la LPRL e determina la composición del CSS-UDC.

El/la presidente/a forma parte del colectivo de representantes de la Administración Universitaria y el/la secretario/a del colectivo de delegados/as de prevención. El/la jefe/a do Servizo de Prevención de Riesgos Laborales es miembro nato, con voz y sin voto.

El CSS-UDC dispone de un reglamento de funcionamiento.

Comisión Institucional de Mediación, Arbitraje y Conciliación

La CIMAC es el órgano encargado de analizar las quejas o reclamaciones por causa de violencia psicológica o física en el trabajo y de establecer las medidas de corrección o las recomendaciones de prevención en los procesos que se sometan a su estudio.

Comisión Asesora de Valoración de Documentos Administrativos

La Comisión Asesora de Valoración de Documentos Administrativos de la Universidade da Coruña, que se constituyó el 25 de junio de 2008, es el órgano colegiado encargado de la evaluación de las series documentales producidas por las unidades administrativas y de servicios de la universidad.