Libre movilidad

La normativa aplicable para libre movilidad es la siguiente:

Regulamento da UDC sobre mobilidade internacional

Del procedimiento para la solicitud y concesión de la modalidad de estudiante de libre movilidad
Articulo 19. Requisitos generales para estudiantes de libre movilidad
La estancia deberá realizarse en un centro distinto de aquellos que forman parte de la oferta ordinaria para movilidad de estudiantes en el centro de procedencia del estudiante.
Los estudiantes deben disponer de una carta de admisión en la institución de destino para realizar los estudios que solicita o del correspondiente resguardo de matrícula
Contar con un documento de reconocimiento académico en que conste la conformidad del/la responsable de relaciones internacionales del centro en que curse sus estudios en la UDC quien, a su vez, deberá contar con consentimiento de la comisión competente para aprobar las tablas de reconocimiento académico. 
En todo caso, los estudiantes de libre movilidad estarán sujetos a las restricciones en cuanto al número de estancias por titulación establecidas en el articulo16.2.

Articulo 20. Solicitud y resolución

Modelos a utilizar para solicitar la movilidad:

Una copia impresa en papel de la solicitud, deberá presentarse en el Registro de la UDC y dirigida a la vicerrectoría competente en materia de relaciones internacionales de la UDC, por lo menos, con un mes de antelación a la fecha de inicio de la movilidad,

Modelos a utilizar cuando la movilidad esté concedida por la UDC y antes del inicio de la estancia

Modelos a utilizar para finalizar y justificar la estancia final