La superación de las pruebas de evaluación de un Curso de Formación Específica de Postgrado da derecho a la obtención de un diploma universitario propio de postgrado denominado Diploma de Formación Específica de Postgrado .
Estos diplomas serán expedidos por la dirección de cada curso, causarán constancia registral en un registro habilitado para tal efecto en la UEPP e irán firmados por el rector o por la persona en quien delegue, por el director del curso y por la persona interesada.
De acuerdo al artículo 49.1 del Reglamento de Estudios Propios de Postgrado, los estudiantes que realizasen módulos independentes de algún curso de postgrado podrán, si así lo requieren, obtener un certificado de aptitud una vez superadas las pruebas de evaluación correspondientes. La expedición del certificado será efectuada por el director del curso y llevará la firma del vicerrector correspondiente. El certificado recogerá de forma explícita el número total de créditos que se superarasen así como su división por materias.
De acuerdo con el artículo 49.2 del Reglamento de Estudios Propios de Postgrado, los estudiantes que realizasen un curso propio de postgrado en su totalidad y que no obtuviesen la calificación global de “apto” podrán requerir un certificado de asistencia. La expedición del certificado será efectuada por el director del curso y llevará la firma del vicerrector correspondiente. El certificado recogerá de forma explícita el número de créditos cursados y su división por materias.
En cada caso, serán de aplicación la tasas correspondientes aprobadas por el Consejo Social y que se pueden consultar en el siguiente enlace: https://sede.udc.gal/services/electronic_board/EXP2024/003831